La normativa especifica una serie de documentación que es obligatorio llevar a bordo y que el Servicio Marítimo de la Guardia Civil puede requerir en cualquier momento. En caso de no disponer de alguno de estos documentos o de no contar con la titulación adecuada al tipo de embarcación y zona de navegación, las autoridades pueden sancionar al usuario.
Además, las compañías de seguros pueden rehusar cubrir daños e indemnizaciones derivados de un accidente si en el momento de producirse había alguna irregularidad en este sentido.
Es por ello que conviene comprobar que siembre embarcamos:
La normativa, por otra parte, también obliga a llevar cierto equipo y material de seguridad a bordo ideado para contar con las máximas posibilidades de salvar la vida en caso de emergencia. Éste variará en función de las zonas de navegación para las que esté autorizada nuestra embarcación y se dividirá en cinco categorías: salvamento, navegación, achique, contra incendios, armamento y prevención de vertidos de aguas sucias.